El próximo 31 de marzo será la fecha límite para la declaración de kilómetros ante la Agencia Tributaria

Mar 23, 2015

La Federación Nacional de Asociaciones de Transportistas de España (FENADISMER), recuerda el deber de las empresas dedicadas al sector del transporte que se hayan dado de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional. Éstas deberán comunicar a la Agencia Tributaria antes del próximo 31 de marzo, vía Internet, la cantidad de kilómetros que hayan realizado sus vehículos en el año anterior.

En caso de incumplimiento de dicha obligación, o de su presentación fuera de plazo se procederá con la imposición de una infracción sancionable prevista en la Ley General Tributaria.

La Agencia Tributaria devolverá el importe en concepto de Gasóleo Profesional. Este importe se calcula por la diferencia respecto del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular, actualmente es de 0,1 céntimos por litro.

Asimismo, a través de dicho sistema de gestión, la Agencia Tributaria devolverá a los transportistas el recargo autonómico del impuesto sobre los carburantes de aquellas Comunidades Autónomas que han acordado su aplicación y devolución a dichos colectivos.