El sistema judicial español ha anunciado una nueva sentencia en los tribunales que estiman las demandas procedentes de las empresas dedicadas al sector del transporte de mercancías. En estas denuncias se reclama a la Seguridad Social el ingreso indebido en la cotización por accidentes de trabajo o enfermedades.
En dos juzgados de Cataluña y Galícia, han estimado las demandas de las empresas de transportes de mercancías por carretera que han solicitado la devolución de la cantidad ingresada. Las empresas demandantes consideran que debían cotizar por sus conductores el porcentaje especificado por CNAE, un 3,7%.
La sentencia dictada a favor de las empresas demandantes condena a la Tesorería General de la Seguridad Social a abonar a las empresas de transportes el 3% de la cotización por los conductores, además de los intereses legales.
La CETM (Confederación Española de Transporte de Mercancías) ha mostrado su apoyo a la resolución de la sentencia, alegando que las empresas afectadas tienen el derecho recibir la devolución de los ingresos indebidos que realizaron a la Seguridad Social.