Recientemente, ha sido publicada en el BOE la resolución del 22 de diciembre de 2017 propuesta por la Dirección General de Tráfico del País Vasco. Esta resolución recoge las restricciones de circulación que entrarán en vigor, en esta comunidad autónoma, el próximo año.
En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, la resolución de 22 de diciembre de 2017 establece que los vehículos que transporten este tipo de mercancías estarán obligados a llevar consigo paneles naranjas que indiquen la toma de precaución. Esta medida se aplicará solo en las vías públicas del País Vasco los domingos, los festivos y las vísperas de éstos mismos.
En el Anexo III de esta misma resolución se especifican los vehículos que quedan exentos del cumplimiento de esta nueva orden. También, en el mismo anexo, se recoge el tipo de cargamento, la cantidad de mercancía transportada y el tipo de transporte que requerirá de dicha señalización.
Los vehículos que transporten mercancías peligrosas, según lo especificado en el Anexo V de la resolución de 22 de diciembre de 2017, estarán obligados a hacer uso de la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP). Solo en el caso de que las zonas de carga y descarga se encuentren fuera de la RIMP, los vehículos podrán abandonar dicha red por la salida o la entrada más cercana al punto, recorriendo la menor distancia posible fuera de la RIMP.
Finalmente, en el Anexo II de la resolución de 22 de diciembre de 2017, se establece la prohibición de circulación para los vehículos que transporten mercancías que sobrepasen los 7.500 Kg de MMA durante los días y horas que se fijan en el mismo anexo.