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INCOTERMS - International Commerce Terms
Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales,
regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan
el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato
de compraventa internacional.
Los Incoterms también se denominan
cláusulas de precio, pues cada termino permite determinar los
elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye
sobre el costo del contrato.
El propósito de los Incoterms es el de
proveer un grupo de reglas internacionales para la
interpretación de los términos mas usados en el Comercio
internacional.
Los Incoterms determinan:
- El alcance del precio.
- En que momento y donde se produce la transferencia de
riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
- El lugar de entrega de la mercadería.
- Quién contrata y paga el transporte
- Quién contrata y paga el seguro
- Qué documentos tramita cada parte y su costo.
EXW
(Ex-Works) - En Fábrica (lugar convenido)
Significa que el vendedor entrega cuando pone la
mercadería a disposición del comprador en el
establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir,
fábrica, almacén, etc.).
Este término representa, así, la
menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos
los costos y riesgos.
Obligaciones del Vendedor.
- Entrega de la mercadería y
documentos
necesarios
- Empaque y embalaje
Obligaciones del Comprador.
- Pago de la mercadería
- Flete interno (de fábrica al lugar de
exportación)
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Gastos de exportación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Flete internacional (de lugar de exportación
al lugar de importación)
- Seguro
- Gastos de importación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Transporte y seguro (lugar de importación a
planta)
FAS (Free Along
Ship) - Libre al Costado del Buque (puerto de carga convenido)
Significa que la
responsabilidad del vendedor finaliza
una vez que la mercadería es colocada al costado del buque en el
puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de
asumir todos los costos y riesgos de pérdida o daño de
las mercaderías desde aquel momento.
El término FAS exige al vendedor despachar
las mercaderías para la exportación.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
FCA (Free
Carrier) - Libre Transportista (lugar convenido)
Significa que el vendedor
entrega la mercadería
para la exportación al transportista propuesto por el comprador,
en el lugar acordado.
El lugar de entrega elegido influye en las
obligaciones de carga y descarga de las partes. Si la entrega tiene
lugar en los locales del vendedor este es responsable de la carga. Si
la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es
responsable de la descarga.
Este término puede emplearse en cualquier
medio de transporte incluyendo el transporte multimodal.
Obligaciones del vendedor.
Obligaciones
del comprador
FOB (Free On
Board) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)
La responsabilidad del
vendedor termina cuando las
mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de
embarque convenido.
El comprador debe soportar todos los costos y
riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías
desde aquel punto.
El término FOB exige al vendedor despachar
las mercaderías para la exportación.
Este término puede ser utilizado
sólo para el transporte por mar o por vías navegables
interiores.
Obligaciones del vendedor
Obligaciones
del Comprador
CFR
(Cost
and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)
Para el vendedor los alcances son los
mismos que la
cotización FOB con la única diferencia de que la empresa
debe encargarse de contratar la bodega del barco y pagar el flete hasta
destino.
El riesgo de pérdida o daño de las
mercaderías así como cualquier coste adicional debido a
eventos ocurridos después del momento de la entrega, se
transmiten del vendedor al comprador
El término CFR exige al vendedor despachar
las mercaderías para la exportación.
Este término puede ser utilizado
sólo para el transporte por mar o por vías navegables
interiores.
Obligaciones del Vendedor.
- Entregar la mercadería y
documentos necesarios
- Empaque Y Embalaje
- Flete (de fábrica al lugar de
exportación)
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Gastos de exportación (maniobras, almacenaje,
agentes)
- Flete (de lugar de exportación al lugar de
importación)
Obligaciones del Comprador.
- Pago de la Mercadería
- Gastos de importación (maniobras, almacenaje,
agentes)
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Flete y seguro (lugar de importación a planta)
- Demoras
CIF
(Cost, Insurance
and Freight) - Costo, Seguro y Flete (puerto de destino
convenido)
Significa que el
vendedor entrega la mercadería
cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque
convenido.
El vendedor debe pagar los costos y el flete
necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino
convenido.
En condiciones CIF el vendedor debe también
contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir
los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la
mercadería durante el transporte.
El comprador ha de observar que el vendedor
está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura
mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará
acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio
seguro adicional.
El término CIF exige al vendedor despachar
las mercaderías para la exportación.
Este término puede ser utilizado
sólo para el transporte por mar o por vías navegables
interiores.
Obligaciones del Vendedor.
Obligaciones
del Comprador.
CIP
(Carriage and
Insurance Paid to) - Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de
destino convenido)
El vendedor
entrega las mercaderías al
transportista designado por él pero, además, debe pagar
los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías
al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un
seguro contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o
daño de las mercaderías durante el transporte.
El comprador asume todos los riesgos y con
cualquier otro coste ocurridos después de que las
mercaderías hayan sido así entregadas.
El CPT exige que el vendedor despache las
mercaderías para la exportación.
Este término puede emplearse con
independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte
multimodal.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
CPT
(Carriage Paid
To) - Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido)
El vendedor
entrega las mercaderías al
transportista designado por él pero, además, debe pagar
los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías
al destino convenido.
El comprador asume todos los riesgos y con
cualquier otro coste ocurridos después de que las
mercaderías hayan sido así entregadas.
El CPT exige que el vendedor despache las
mercaderías para la exportación.
Este término puede emplearse con
independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte
multimodal.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
DAF
(Delivered At Frontier) - Entregadas en Frontera (lugar
convenido)
Significa que el vendedor ha
cumplido su
obligación de entregar cuando ha puesto la mercancía
despachada en la Aduana para la exportación en el punto y lugar
convenidos de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del
país comprador.
Este término puede emplearse con
independencia del modo de transporte cuando las mercaderías
deban entregarse en una frontera terrestre.
Obligaciones del Vendedor
- Entregar la
mercadería y documentos necesarios
- Empaque y embalaje
- Flete (de fábrica al lugar de
exportación)
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Gastos de exportación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Flete (de lugar de exportación al lugar de
importación)(parcial)
- Seguro (parcial)
Obligaciones del
Comprador
- Pagos de la
Mercadería
- Flete (de lugar de exportación al lugar de
importación) (parcial)
- Seguro (parcial)
- Gastos de importación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Flete y seguro (lugar de importación a planta)
- Demoras
DDP
(Delivered Duty
Paid) - Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino
convenido)
Significa
que el vendedor entrega las mercaderías
al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas
de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino
acordado.
El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos
ocasionados al llevar las mercaderías hasta aquel lugar,
incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los
trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la
importación al país de destino.
Obligaciones del vendedor
- Entregar
la mercadería y documentos necesarios
- Empaque y embalaje
- Acarreo (de fábrica al lugar de
exportación)
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Gastos de exportación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Flete (de lugar de exportación al lugar de
importación)
- Seguro
- Gastos de importación (maniobras, almacenaje,
agentes )
- Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
- Acarreo y seguro (lugar de importación a
planta)
- Demoras
Obligación
del comprador
DDU
(Delivered Duty
Unpaid) - Entregadas Derechos No Pagados (lugar de destino
convenido)
Significa
que el vendedor ha cumplido su
obligación de entregar cuando ha puesto la mercancía a
disposición del comprador en el lugar convenido del país
de importación y el Vendedor ha de asumir todos los gastos y
riesgos relacionados con llevar la mercancía, hasta aquel lugar
(excluidos derechos, impuestos y otros cargos oficiales exigibles a la
importación). Así como los gastos y riesgos de llevar a
cabo las formalidades aduaneras.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
DEQ
(delivered Ex-Quay)
- Entregadas en Muelle (puerto de destino convenido)
Significa
que el vendedor entrega cuando se ponen las
mercaderías a disposición del comprador, sin despachar
para la importación, en el muelle (desembarcadero) en el puerto
de destino acordado. El vendedor debe asumir los costos y riesgos
ocasionados al conducir las mercaderías al puerto de destino
acordado y al descargar las mercaderías en el muelle
(desembarcadero). El término DEQ exige que el comprador despache
las mercaderías para la importación y que pague todos los
trámites, derechos, impuestos y demás cargas de la
importación.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
Este
término puede usarse únicamente para
el transporte por mar o por vías de navegación interior o
para el transporte multimodal
DES
(Delivered Ex Ship)
- Entregadas Sobre Buque (puerto de destino convenido)
Significa
que el vendedor entrega cuando se ponen las
mercaderías a disposición del comprador a bordo del
buque, no despachadas para la importación, en el puerto de
destino acordado.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones
del Comprador
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